El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicó el pasado 2 de abril en el BOE una orden ministerial por la que se establece un nuevo sistema de gestión de las cuotas de pesca asignadas anualmente a España, aplicable principalmente a los stocks sometidos a TAC (total admisible de capturas) y cuotas en las aguas peninsulares del Atlántico.
Este nuevo sistema supone la modificación de las distintas órdenes ministeriales que regulan dichos caladeros desde el año 2014 y, entre las principales medidas adoptadas, se flexibilizan las transmisiones temporales y definitivas de posibilidades de pesca para los buques con reparto individual en el Cantábrico y el Noroeste, el golfo de Cádiz y aquellos que faenan al arrastre en aguas de Portugal, permitiendo una mejor adaptación de los buques a sus pesquerías dentro de los repartos establecidos previamente.
Además, se establece un mecanismo de optimización anual de las cuotas en dichos caladeros mediante el cual, a partir del 1 de octubre de cada año, los buques que hayan agotado sus cuotas previamente o aquellos que a partir de esa fecha las vayan agotando puedan seguir faenando mediante el uso de las cuotas que les vayan a sobrar a otros buques.
Asimismo, se fijan otros procedimientos para la gestión de las cuotas de pesca asignadas a España, que hasta ahora no estaban establecidos salvo en casos puntuales, y, de igual forma, se establecen principios para el reparto anual de cuotas hasta ahora no repartidas internamente en España, de stocks ampliamente distribuidos, como la bacaladilla o el jurel en aguas de la Unión Europea, y una reserva mínima de cuota de pez espada en el Atlántico Norte para computar las capturas accidentales de determinadas flotas que hasta ahora no tenían ninguna asignación de este stock.
De manera complementaria, se establecen procedimientos uniformes para el cese de la actividad y el cierre de las pesquerías en caso de agotamiento de las cuotas.